Tras el periodo de confinamiento, la Junta de Andalucía ha implementado un programa de subvenciones para PYMES con el propósito de respaldar el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas en en 2024, un momento tan desafiante.
Si no tenías conocimiento previo de esta iniciativa, te recomendamos que prestes atención, ya que estas subvenciones cubrirán el 100% de los proyectos a los que se dirijan. Exploraremos los detalles paso a paso:
Modalidades de subvención
Para empezar, tienes que saber que la Junta ha dividido las subvenciones en cuatro modalidades según el aspecto de la empresa al que vayan dirigido.
Modalidad A. Modernización digital
Proyectos destinados a mejorar la competencia de las pymes mediante la incorporación de las TIC, el comercio electrónico, y el marketing digital.
En esta modalidad se incluirá cualquier proyecto relacionado con la creación y promoción de una página web o tienda online, así como su posicionamiento con SEO y SEM, u otras campañas como el email marketing. La contratación de empresas como La Guía de Sevilla entrarían dentro de esta categoría.
También se incluirán los gastos en gestión de redes sociales, y yendo un poco más allá, también abarca la digitalización y las herramientas digitales destinadas a contabilidad, facturación, gestores CRM, etc. A modo de resumen:
Gastos subvencionables:
- Equipamiento informático y su puesta a punto, tanto software como hardware.
- Creación e implantación de páginas web y tiendas online.
- Proveedores web en plataformas online.
- Gastos en planes y campañas de marketing digital.
Gastos NO subvencionables:
- Gastos corrientes.
- Teléfonos, tablets, televisores…
- Software antivirus.
- Gastos de dominio y hosting.
- Bienes de segunda mano.
Importes:
- 6000€ por establecimiento.
- 12000€ por empresa si abarca más de un establecimiento.
- Inversión mínima de 1500€.
Modalidad B, Modernización del establecimiento
Esta modalidad recoge los proyectos destinados a las obras y reformas en los locales, tanto en el interior como en el exterior, y también el mobiliario, y cierta maquinaria en el caso de pymes artesanas. A modo de resumen:
Gastos subvencionables:
- Coste de obras y reformas tanto en interior como en exterior.
- Compra e instalación de equipamiento y mobiliario.
- Equipamiento de protección frente al COVID-19.
- Servicios de elaboración de proyectos.
Gastos NO subvencionables:
- Gastos corrientes.
- Obras en espacios no incluidos en el espacio de venta.
- Permisos y licencias.
- Instalación de sistemas de seguridad.
- Maquinaria destinada a la fabricación de productos. (Excepto en pymes artesanas)
Importes:
- 15000€ por establecimiento.
- 26250€ por empresa si abarca más de un establecimiento.
- Inversión mínima de 1500€
Modalidad C, Expansión.
En líneas generales, esta modalidad es prácticamente idéntica a la anterior, pero destinada a la apertura de nuevos establecimientos.
Por lo tanto, abarca las obras en interior y exterior del nuevo establecimiento, el mobiliario, la elaboración del proyecto, y la maquinaria, una vez más en caso de que tu empresa sea una pyme artesana. A modo de resumen:
Gastos subvencionables:
- Coste de obras y reformas tanto en interior como en exterior de nuevos locales.
- Compra e instalación de equipamiento y mobiliario para nuevos locales.
- Equipamiento de protección frente al COVID-19 para nuevos locales.
- Servicios de elaboración de proyectos para nuevos locales.
Gastos NO subvencionables:
- Gastos corrientes.
- Obras en espacios no incluidos en el espacio de venta.
- Permisos y licencias.
- Instalación de sistemas de seguridad.
- Maquinaria destinada a la fabricación de productos. (Excepto en pymes artesanas)
Importes:
- 21000€ por establecimiento.
- 42000€ por empresa si abarca más de un establecimiento.
- Inversión mínima de 3000€
Modalidad D, Relevo generacional.
En general, son proyectos destinados a asegurar la continuidad del negocio mediante la formación y la creación de un plan de relevo para sustituir a los trabajadores de la empres actuales una vez cesen su trabajo. A modo de resumen:
Gastos subvencionables:
- Gastos en consultoría para elaboración del plan de relevo.
- Gastos de notaría y registro.
- Inscripción en acciones de capacitación. (Formación, etc.)
Gastos NO subvencionables:
- Gastos corrientes.
- Gastos de traspaso del negocio.
- Gastos distintos a la inscripción, en formación, etc.
Importes:
- 6000€ empresas de menos de 10 trabajadores.
- 8000€ empresas entre 10 y 49 trabajadores.
- 10000€ empresas de más de 50 trabajadores.
- 50% del precio de formación, etc.
¿Qué empresas pueden solicitarla?
Encontraremos tres condiciones imprescindibles; la primera de ellas es ser una Pyme, para los más despistados, eso significa ser una pequeña o mediana empresa con menos de 250 trabajadores, y un volumen de negocios anual de menos de 50 millones de euros, o un balance de menos de 43 millones de euros.
La empresa no debe encontrarse en ninguna situación que le impida beneficiarse de una subvención, por ejemplo:
- Debe estar al corriente en obligaciones tributarias y seguridad social.
- No debe tener un pago pendiente de reintegro de una subvención.
- No haber sido sancionada por atentar contra derechos laborales.
Por último, la empresa debe cumplir las condiciones del régimen de mínimos, es decir, no puede recibir un suma superior a 200.000€ en subvenciones durante los últimos tres años.
Si tu empresa cumple estos tres apartados, ahora pasa a mirar los requisitos según la modalidad de tu proyecto:
Modalidades A y B.
La empresa debe ejercer la actividad comercial o artesanal en andalucía. En el caso de las Pymes comerciales, su actividad principal debe estar dentro del comercio minorista, y debe estar de alta en alguno de los epígrafes indicados. Más abajo te dejo el documento oficial para que le eches un vistazo.
Si tu Pyme es artesana, debe estar de alta en el impuesto de actividades económicas, y deberá acreditar la condición de artesana.
Modalidad C.
A los requisitos de las modalidades A y B, sumamos el contar con un establecimiento previo por una duración mínima de dos años.
Modalidad D.
Los únicos requisitos de esta modalidad son los de ejercer su actividad en Andalucía, y estar constituida con al menos 5 años de antigüedad frente a la solicitud de la subvención.
¿Cómo y cuándo solicitarla?
Todo el proceso se hace mediante internet, buscando el procedimiento desde el siguiente enlace: Listado de procedimientos
Una vez se cumplimenta la solicitud, la misma web te dará la opción de acceder al registro electrónico para presentarla.
Con respecto a los plazos, si quieres solicitar la subvención de la modalidad D, tienes hasta el 30 de septiembre del próximo año, en caso contrario cuentas con un mes desde la publicación de la convocatoria.
¿Cuándo se recibe la subvención?
La subvención tiene carácter anticipado, por lo tanto se abonarán una vez aprobadas las solicitudes, pero antes de la ejecución del proyecto.
En el caso de las subvenciones inferiores a 6.000€, se abonará por adelantado el 100% del presupuesto. En las superiores, se anticipa un 50%, y el resto una vez se justifique la inversión.
Finalmente, el plazo para realizar los proyectos de la subvención se especificará en la resolución de la solicitud, con un máximo de 6 meses de plazo.
¿Cómo se valoran las solicitudes?
Las valoraciones se dividen en tres bloques, te cuento lo más importante de cada uno:
- Bloque I: Se valoran varios aspectos de la empresa, si cuenta con gestión de calidad, si crea empleo de forma estable y si tiene un plan de igualdad, entre otras cosas. Tiene especial importancia el tamaño de la empresa, y su pertenencia a una asociación.
- Bloque II: Se valora el proyecto para el que se solicita la subvención, los criterios varían según la modalidad, pero por lo general el proyecto estará mejor valorado si va orientado a facilitar la experiencia del cliente. Tiene especial importancia la ubicación del negocio, y si el proyecto contempla el añadir accesibilidad para personas discapacitadas.
- Bloque III: Se valorará el esfuerzo de la inversión y las subvenciones anteriores, podrás sumar puntos si tu empresa no ha sido seleccionada en la convocatoria anterior, y si la empresa ha contribuido a terminar proyectos anteriores.
Antes de despedirme, como he comentado antes te dejo aquí la presentación oficial de la Junta de Andalucía por si te ha quedado alguna duda.
Espero que te haya servido la explicación, esta puede ser una muy buena oportunidad para cientos de pequeñas empresas en Andalucía. Siéntete libre de preguntarnos lo que se te quede en el tintero, especialmente sobre la modalidad A, ya que al fin y al cabo en La Guía de Sevilla es en lo que somos expertos. ¡Te deseo buena suerte con las subvenciones!
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